La
constitución de la República Bolivariana de Venezuela expone en el título IV,
donde aborda al Poder Público y lo distribuye de forma vertical y horizontal;
en la forma vertical se encuentra el poder nacional, estadal y municipal; y
horizontalmente en ejecutivo, legislativo, judicial, ciudadano y electoral.
Para
desarrollar los principios constitucionales
relativos a la Administración Pública, se ha dictado la Ley Orgánica de la
Administración Pública (LOAP), la cual establece sus objetivos primordiales en
su primer artículo, entre estos están:
·
Establecer
los principios y bases que rigen la organización y el funcionamiento de la
Administración Pública.
·
Establecer
los principios y lineamientos de la organización y funcionamiento de la
administración Pública Nacional y de la administración descentralizada
funcionalmente;
·
Regular
los compromisos de gestión.
·
Crear
mecanismos para promover la participación y el control sobre las políticas; y
Entre los
principios relativos a la Administración Pública, se destacan aquellos que son
comunes a todos los órganos que ejercen el Poder Público, entre los cuales deben
mencionarse: el principio de legalidad,
y todos los principios que rigen la actividad de la Administración pública.
El
Principio de Legalidad, es el primer principio que se estable en la
administración pública y por ende a todos los órganos que la componen, este
principio se deriva de la constitución venezolana en el artículo 137, donde
dispone lo siguiente: "La Constitución y la Ley definirán las atribuciones
de los órganos que ejercen el Poder Público, a las cuales deben ejecutarse las
actividades que realicen". Ahora bien la LOAP, expresa formalmente este
principio vinculándolo a la competencia ya que, la asignación, distribución o
ejercicio de cualquiera de sus funciones debe sujetarse a lo establecido en la
constitución, leyes y actos administrativos de carácter normativo
dictados formal y previamente; además de tener una vinculación con las
competencias que se establecen dentro de la administración pública, este
principio fundamenta a esta ultima ya que, todos los funcionares que se
desempeñen en cualquier organismo público están obligados a cumplir y hacer
cumplir aquello encontrado en la constitución y leyes que lo rigen.
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